Términos y Condiciones

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Mercadería no retirada
Cuando la Depositante desista de una solicitud de egreso o retiro de mercadería o bienes depositados, deberá abonar a TCZFM los costos en que este hubiera incurrido por los servicios prestados en la emergencia. Dichos costos serán fijados unilateralmente por TCZFM y facturados a la Depositante, quien deberá abonarlos conjuntamente con los servicios del mes.

Intimación de retiro y remate
Vencido el plazo estipulado para el retiro, si la Depositante no hubiere hecho efectivo el pago del precio del depósito y las obligaciones accesorias, ni retirado la mercadería, TCZFM podrá intimarlo por telegrama colacionado a que lo haga dentro del plazo perentorio de treinta días corridos a partir del siguiente al de la intimación. Vencido los plazos legales, conforme a los dispuesto por la legislación vigente se sacarán en venta los bienes depositados, en remate sin base, al mejor postor por el Martillero que se designe, para aplicar el producido de la subasta al pago de los gastos del Remate, al pago del depósito, y los daños y perjuicios irrogados, debiendo entregar el saldo, si lo hubiere, a la Depositante, dentro de los treinta días corridos siguientes al Remate.

Mora
En caso de atraso en el pago del precio establecido (Cláusula Precio) o de los servicios adicionales brindados por el TCZFM, la Depositante abonará además del precio, las siguientes cantidades:
  1. Una multa equivalente al 10% de la suma adeudada, incurriendo la Depositante en mora por el solo vencimiento del plazo.
  2. Un interés moratorio sobre los importes en dólares estadounidenses, a la tasa Libor (360 días de plazo) incrementada en un 12% anual desde el momento del atraso y hasta el pago efectivo.

Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, en caso de atraso mayor a 45 días TCZFM podrá suspender automáticamente la prestación de los servicios, exonerando la Depositante a TCZFM por los perjuicios que la Depositante experimente por tal motivo.

Asimismo, cuando la Depositante se atrase en el pago de tres mensualidades consecutivas, TCZFM podrá considerar automáticamente rescindido el acuerdo, además de iniciar las acciones judiciales tendientes al cobro de lo adeudado; todo ello, previa intimación por telegrama colacionado por el plazo de tres días hábiles.

Multa
En caso de incumplir cualquiera de las partes con alguna de las obligaciones establecidas en el presente Convenio y para las cuales no se han fijado sanciones específicas (cláusulas de Mora), la parte incumplidora abonará a la otra parte una multa diaria equivalente al 0,5% (medio por ciento) del valor de las mercaderías depositadas, hasta el correcto cumplimiento de la parte transgresora.

Legislación y Jurisdicción
A todos los efectos de las presentes condiciones, será de aplicación la legislación de la República Oriental del Uruguay, siendo competentes los Tribunales de este país, a cuyos efectos las partes convienen la prórroga de competencia a elección del TCZFM.

Domicilios
La Depositante comunicará formalmente su domicilio a todos los efectos, una vez haya remitido mercadería a cualquiera de las instalaciones de TCZFM.
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Miembro de:

Zonamerica

Centro de Distribución Regional 1 y Oficina Central
Ruta 8 km 17.500 Of: 504 - Edificio Quantum
Zonamerica (CP: 91600), Montevideo
Uruguay
Tel.: (598) 2518 2555

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Zona Franca de Libertad (CP: 80100), San José
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